Combatir el cambio climático es una cuestión que preocupa a todos los países del mundo. En consecuencia, con el paso del tiempo se han ido introduciendo legislaciones que contribuyen a reducir la contaminación en las grandes ciudades. Por ello se ha creado la etiqueta bajas emisiones.
El uso de vehículos es uno de los actos que más contribuyen al deterioro del medio ambiente. Por ello ha sido objeto a regular de muchas medidas, como la Ley de Cambio Climático y Transición Energética.
Esta ley trajo varias novedades para los conductores, entre ellas, la etiqueta de bajas emisiones. Este etiquetado tiene como objetivo identificar cuáles son los vehículos más contaminantes y en cierto modo, restringir su uso.
¿Qué son las etiquetas de bajas emisiones?
Desde 2022, España cuenta con un plan anticontaminación con el que se pretende limitar el uso de los coches más contaminantes. Esto lo consigue en primer lugar clasificando los vehículos de más a menos contaminantes y a partir de ahí estableciendo zonas en las que ciertos vehículos pueden entrar y otros no.
Dicha clasificación se hace a través de las etiquetas de emisiones que son distintivos que se colocan en la luna de un coche y que establecen categorías en función a la cantidad de gases contaminantes que emiten los coches.
Tipos de etiquetas de bajas emisiones
Son 5 las categorías de la etiqueta bajas emisiones, que varían en función al combustible que usa el vehículo, su antigüedad o tipo de motor. También entra en juego a la normativa europea de las emisiones.
Atendiendo a estos criterios, las etiquetas de bajas emisiones son las siguientes:
- Sin etiqueta: esta categoría se reserva para los vehículos más contaminantes. Engloba todos los vehículos de gasolina anteriores al año 2001 o bien para aquellos que no cumplen con la normativa Euro III. Los coches que usan diésel no pueden ser anteriores a 2006 y cumplir con el reglamento Euro IV.
- Etiqueta B: abarca todos los coches de gasolina matriculados a partir del 1 enero de 2001 o que cumplan con los requisitos dispuestos por la normativa Euro III. En el caso de los vehículos diésel son los que se han matriculado desde el 1 de enero de 2006 o que cumplen con las normativas IV o V.
- Etiqueta C: se reserva para todos coches matriculados desde el 1 de enero de 2006 o bien que cumplen con el reglamento Euro IV, Euro V o Euro VI. Todos los diésel matriculados a partir del 1 de septiembre de 2015.
- Etiqueta ECO: esta etiqueta bajas emisiones ya incluye modelos híbridos o híbridos enchufables con una autonomía eléctrica menor a 40 kilómetros. También contempla aquellos impulsados por gas natural (estándar o comprimido), gas licuado de petróleo. Es imprescindible incluir los requisitos de la etiqueta C.
- Etiqueta Cero emisiones: son los menos contaminantes de esta clasificación. Abarca todos los modelos electrificados cuya autonomía sea mayor a 40 kilómetros. Pueden ser eléctricos puros, híbridos enchufables o eléctricos de autonomía extendida así como los vehículos propulsados por hidrógeno o de pila combustible.
Podemos concluir que esta legislación da prioridad a los modelos que apuestan por tecnología híbrida o bien los que son totalmente eléctricos. Asimismo, la fecha de matriculación juega un papel muy importante porque se entiende que los modelos más nuevos son más eficientes y contaminan menos.
Implicaciones de la etiqueta bajas emisiones
En los municipios de más de 50.000 habitantes los ayuntamientos son los que tienen potestad de establecer Zonas de Bajas Emisiones para que ciertos vehículos no puedan circular por ellas, promoviendo que los conductores renueven sus coches.
Un ejemplo de aplicación de estas medidas es el de la M-30 de Madrid, por la cual no pueden circular los coches sin etiqueta mientras que aquellos con la etiqueta bajas emisiones de categoría ECO o Cero emisiones pueden moverse sin problemas y tienen plazas de establecimiento exclusivas.
Por su parte, en Barcelona estas restricciones son aún más estrictas ya que abarcan más dimensión y hay normativas como que los vehículos sin etiquetas no pueden circular los días laborales entre las siete de la mañana y las ocho de la tarde.
En ambas zonas las sanciones por acceder a espacios o estacionar en plazas con un etiquetado inadecuado rondan alrededor de de los 90 y los 100€.
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